PERMISOS OTORGADOS AL PERSONAL ACTIVO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
PERSONAL DOCENTE
- Fallecimiento 05 días hábiles en el país Articulo 111 Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente
- Enfermedad 15 días hábiles padre e hijos
- Por nacimiento de hijos 14 días continuos
- Por matrimonio 08 días hábiles
- Por pre y post-natal 140 días hábiles (Cláusula 70) V Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación 2009-2011
PERSONAL ADMINISTRATIVO
- Fallecimiento (cláusula 72 VIII Contrato Colectivo Trabajadores Administrativos del Ministerio de Educación y Deportes 2005-2007) / 09 días hábiles (dentro de la jurisdicción) / 12 Días hábiles (Interior) / 15 días hábiles (Exterior)
- Enfermedad de un familiar 15 días continuos de permiso remunerado
- Nacimiento hijos 14 días continuos
- Matrimonio Civil 08 días hábiles( Cláusula 80 VIII Contrato Colectivo Trabajadores Administrativos del Ministerio de Educación y Deportes 2005-2007)
- Reposo pre y post-natal 100 días hábiles (Cláusula 35 VIII Contrato Colectivo Trabajadores Administrativos del Ministerio de Educación y Deportes 2005-2007)
PERSONAL OBRERO
- Fallecimiento de un familiar que este dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad (Clausula tercera Contrato Colectivo de Condiciones de trabajo para el Personal obrero del Ministerio de Educación 1992-1993) / 05 días continuos (Dentro de la jurisdicción) / 11 días continuos (fuera de la jurisdicción)
- Nacimiento de hijos 14 días continuos.
- Matrimonio Civil 10 días hábiles (Cláusula Novena).
- Pre y Postnatal 100 días hábiles
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